Es más que probable que si buscamos un poco en internet encontremos datos personales nuestros publicados en internet. Desde nuestro nombre y dirección hasta nuestro teléfono, dirección IP e incluso fotos nuestras.
Si se tratan de datos publicados por una tercera persona sin nuestro consentimiento y autorización tenemos ciertos derechos a pedir que dichos datos sean retirados.
Los lugares más probables en los que alguien puede haber publicado datos nuestros son:
- Redes Sociales
- Foros
- Boletines Oficiales
- Directorios telefónicos.
De hecho es conveniente que reaccionemos rápidamente si encontramos algún dato nuestro que no queramos que aparezca y tomar medidas lo más inmediatamente posible. El motivo es que cuando más estén esos datos en la red más se extenderán y más difícil será eliminarlos completamente de internet.
Lo recomendable es ponernos en contacto rápidamente con la página web en la que lo hayamos encontrado. Tenemos derecho a que dicha página web retire nuestros datos si no hemos dado consentimiento.
En el caso de un foro o red social primeramente tendremos que contactar con el usuario que haya publicado nuestros datos. En el caso de que esto no de resultado entonces nos dirigiremos directamente al moderador del foro o a la web donde se aloja.
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Chemy 25-08-2010
+2
Como cada año, (y más frecuentemente en Verano) nos encontramos ante las temidas huelgas, casi siempre relacionadas con el mundo del transporte. Estas épocas son propicias para todos aquellos colectivos que se sienten maltratados para llevar a cabo sus reivindicaciones... pero, ¿qué debemos saber de las huelgas?
La huelga es un derecho, es una forma de protesta regulada que sirve al trabajador para protestar y llamar la atención sobre situaciones que considera injustas y que no han tenido otro medio de solución hasta la fecha.
Sin embargo, como todo derecho, tiene sus limitaciones y, sobre todo, sus requisitos. La huelga no puede ser nunca utilizada con el único afán de hacer el mayor daño posible al empresario y por supuesto nunca debería salirse de los cauces de la legalidad. No hay nada más dañino para la imagen de un colectivo que una huelga que no cumple con los servicios mínimos y los requisitos legales (y me atrevería a decir incluso morales).
Pese a que al final siempre se llega a una solución y todo parece queda en el olvido, debería hacerse un esfuerzo por parte de todos, patronal y sindicatos, para que las huelgas en este país dejaran de ser un arma arrojadiza y uno de los pocos vestigios que queda de antiguas reformas legales, muy alejadas de los tiempos que corren y de la necesidad de permanecer, siempre, en unos límites de cordura y solidaridad.
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sharedum 07-08-2010
+1
El propietario de una vivienda que quiere alquilarla se enfrenta al problema de la inseguridad y la indefensión ante la posibilidad de que los inquilinos dejen de pagar la renta mensual en concepto de alquiler o incluso que puedan ocasionar desperfectos en la vivienda.
Para solucionar este inconveniente los arrendadores pueden pedir avales o solicitar varios meses de fianza pero la figura del seguro para alquiler o alquiler seguro va más allá en la protección de los propietarios de la vivienda que alquilan.
Así, este seguro para el alquiler es una especie de seguro multirriesgo, que también ofrece la Sociedad Pública de Alquiler, y que cubre el impago de las rentas mensuales habiendo varias opciones para su contratación:
- Modalidad que cubre seis meses ante un posible impago junto con los gastos judiciales o jurídicos.
- Seguro que cubre 12 meses de morosidad del inquilino y la modalidad que cubre hasta 12 meses de impago de la renta mensual junto con los gastos juridicos.
Existen polizas que desde 30 euros al mes garantizan el ganar en seguridad y confianza con la contratación de este seguro para alquiler ante posibles conflictos frente a morosos.
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jimmo 25-07-2010
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Consulta de Ganesh:
He leido en un correo de infojob donde solicitan agentes aduaneros, te envian un link donde te piden tu numero de cuenta y es para trabajar con una empresa llamada precio de metal .com, y tienes que hacer es enviar dinero por otros a traves de tu cuenta que saben ustedes de esto? gracias.
Respuesta:
Hola Ganesh.
No necesito saber mucho más para saber que se trata de un engaño. Hay muchos en Internet aprovechandose del anonimato.
Mi consejo es que apliques a Internet las mismas reglas del Mundo Real. Si un desconocido te para por la calle y te ofrece un suculento trabajo a cambio de una pequeña cantidad de dinero, ¿se lo darías? Nadie lo haria.
Un saludo,
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GONZO 17-07-2010
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Dentro de la reciente reforma laboral aprobada y llevada a cabo por el gobierno para intentar dinamizar el mercado de trabajo, ha tomado una especial importancia la figura del contrato de fomento del empleo.
El contrato de fomento del empleo es básicamente el instrumento sobre el que gira la reforma laboral y aunque ya existía, el gobierno ha introducido una serie de novedades que son las siguientes:
- Además de poder seguir siendo usado para la contratación de mujeres, minusvalidos y hombres mayores de 45 años, y como novedad incorpora su utilización para trabajadores con edades comprendidas entre los 31 y los 44 años.
- Se trata de un contrato cuyo uso por las empresas está bonificado hasta por un periodo de cuatro años con cantidades que oscilan entre los 850 euros al año por contratar a una mujer desempleada.
- Además la indemnización ya no será de la típica de 45 días que le corresponde a un trabajador con contrato de trabajo indefinido ya que en este contrato de fomento del empleo pasará a ser de 33 días por año trabajado.
- Este contrato de trabajo no podrá ser utilizado por aquellas empresas que hayan despedido a trabajadores de manera improcedente o por despido colectivo.
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jimmo 28-06-2010
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Estamos acostumbrados a oir hablar de derechos y obligaciones a la hora de redactar cualquier contrato. El que más y el que menos aconseja siempre a los demás la correcta lectura de los términos de lo que firmamos antes de hacerlo, pero sin embargo a lo largo y ancho de nuestros días hay muchas ocasiones en las que apenas miramos lo que firmamos. Sirva de ejemplo, las extensiones de garantía de algunos centros comerciales.
Atraídos por el hecho de poder prolongar la vida útil de nuestros aparatos más allá de los dos años de garantía, se nos ofrece la posibilidad de alargar hasta cinco años en total dicha garantía, utilizándose como complemento un seguro a todo riesgo que cubre cualquier suceso que ocurra a nuestra compra.
Esto, que en líneas generales es bastante interesante, tiene sin embargo una letra pequeña que conviene leer con atención, pues pese a que muchos de sus puntos son "de cajón" hay otros que bien podrían ser sospechosos de no cuadrar con nuestras ideas.
Por ello, es más que recomendable que exijamos siempre la entrega de las condiciones del seguro en el mismo momento de su formalización y que nos informemos del tiempo que tenemos para poder anular el mismo en caso de que una segunda lectura de dichas condiciones no nos satisfaga.
Del mismo modo, es necesario tener muy claro en todo momento lo que cubre, lo que no, si es interesante para nuestra compra o si por el contrario no es más que un "extra" que abonamos al comercio en cuestión.
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sharedum 16-06-2010
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