Convenio colectivo extraestatutario o acuerdo de eficacia limitada, otra manera de regular nuestras condiciones de trabajo
A parte de los convenios colectivos tradicionales hay otra forma de negociación colectiva aunque en España no es muy utilizada. Se trata de los convenios colectivos extraestatutarios o acuerdos de eficacia limitada.
Tiene la misma validez que un convenio colectivo normal con la peculiaridad de que no se aplicara a todos los trabajadores sino solo a aquellos que se adscriban a el libremente.
Este tipo de convenios solo se aplican a los trabajadores que tengan una relación de afiliación a las organizaciones firmantes de dicho acuerdo. Se suele utilizar cuando no se consigue un acuerdo entre empresa y todos los sindicatos presentes en la mesa de negociación del convenio.
Este tipo de convenio se aplica a los contratos individuales de los trabajadores a los que se dirige. Este tipo de convenios no precisan de registro ni publicación.
Las mejoras establecidas en un convenio estatutario pueden ser compensadas o absorbidas por un convenio posterior pero nunca pueden ser suprimidas.
Las condiciones pactadas en un convenio extraestatutarios no adquieren la condición de derecho adquirido ya que tienen una validez temporal
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Artículo escrito por Chemy para Blogs Teoriza.
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