FAQ sobre alquileres, preguntas y respuestas comunes sobre alquilar o arrendar una vivienda
Ante la situación actual de la economía española, no estaría de mas recordar a través de las siguientes preguntas algunos datos que podrían resultarnos útiles a la hora de alquilar nuestra vivienda o de vivir de alquiler.
1. ¿Qué debe incluir mi contrato?
Seas arrendador o inquilino, en base a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en un contrato debe aparecer lo siguiente:
- Identidad del propietario.
- Identidad del inquilino.
- Descripción del inmueble que se alquila, por si hubiera desperfectos o reclamaciones en falso.
- La duración del contrato
- Cláusulas convenientes.
En poco. Únicamente en las cláusulas se incluirán las identidades de aquellos que compartan el inmueble con el inquilino principal. Es decir: uno deberá aparecer como inquilino, y el resto aparecerá en las cláusulas.
3. ¿Cuánto dura un contrato?
Depende de en cuánto se estipule con el propietario, siempre de mutuo acuerdo. Si el contrato es inferior a 5 años, este puede irse prorrogando hasta alcanzar esa fecha. A partir de aquí, el propietario puede negarse a ampliar el contrato siempre que haya un pre-aviso de 30 días de antelación. En caso de no haberlo, se entiende una prórroga por 3 años mas.
4. ¿Cuánto tengo que dejar de fianza?
Normalmente se deja un mes de alquiler en concepto de fianza, por si hubiera desperfectos distintos del uso normal que tiene una propiedad. Un cristal roto es un desperfecto, una cañería que pierde agua, no.
5. ¿Puede el propietario expulsarme de su vivienda sin previo aviso?
De ninguna manera. Para poder hacerlo, en primer lugar debe tener un motivo claro, que solo puede ceñirse a estos cuatro siguientes:
- En caso de que no se pague la renta o la fianza
- La realización de actividades lúdicas, molestas, insalubres, que causen escándalo público o que puedan perturbar a los vecinos.
- Causa daños en la vivienda de forma intencionada
- Si el inquilino estuviera subalquilando la vivienda a terceros.
Fácil: cuando no se incluye tu nombre como inquilino en el contrato inicial. Un caso práctico: si una persona decide alquilar un piso, y para pagarlo prefiere compartirlo con un amigo aunque el contrato estuviera solo realizado a nombre del inquilino inicial, este deberá comunicarle al propietario su intención de compartir el inmueble. El alquiler que pagase la segunda persona nunca puede ser superior al que se ha estipulado por contrato, es decir, el inquilino inicial no puede aumentarle el alquiler al segundo inquilino para pagar menos.
7. Si tengo un alquiler durante un año... ¿Puedo irme antes?
No, no puedes. En tal caso, tendrías que abonarle al propietario la cantidad que se había estipulado mensualmente salvo que haya un pacto previo.
8. Llevo 5 años viviendo en el mismo piso, con todo en regla y sin problemas. ¿Podría comprar esta casa?
Si, se llama Derecho de tanteo y puede ejercerse siempre que el propietario pusiera a la venta el inmueble donde se ha estado viviendo. El inquilino tendrá hasta 30 días de plazo para pronunciarse respecto a la decisión de propietario de vender el inmueble.
9. ¿Puedo tener animales en casa?
Salvo que hubiera alguna norma que lo prohíba expresamente si, se pueden tener animales que esten considerados como mascotas, siempre y cuando nunca lleguen a suponer un problema de salubridad para el/los inquilino/s y para los vecinos.
Ante cualquier duda respecto a estos datos, siempre se puede consultar a un abogado especialista en vivienda, o ponerse en contacto con la entidad administradora de Vivienda de cada autonomía o ciudad autónoma.

